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Denominación dada a un automotor de conformidad con su destinación, configuración y especificaciones técnicas.  
Denominación dada a un automotor de conformidad con su destinación, configuración y especificaciones técnicas.<ref>Ley 769 de 2002. Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones. Artículo 2. Definiciones</ref>


Permite valorar más acertadamente el costo de los daños.
Permite valorar más acertadamente el costo de los daños.<ref name="Seguridad">Según el [https://transmilenio.sharepoint.com/gerencia-general/oficina-planeacion/SIG/Manual%20de%20Procedimientos/2.2.%20Supervisi%C3%B3n%20y%20Control%20de%20la%20Operaci%C3%B3n%20del%20SITP/Instructivos/I-DS-001%20SECCI%C3%93N%20DE%20SEGURIDAD%20GestSAE%20.pdf instructivo para diligenciar la sección de seguridad en el aplicativo GestSAE] </ref>
 
 
==Referencias==
<references/>

Revisión actual - 17:24 14 abr 2020

Denominación dada a un automotor de conformidad con su destinación, configuración y especificaciones técnicas.[1]

Permite valorar más acertadamente el costo de los daños.[2]


Referencias

  1. Ley 769 de 2002. Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones. Artículo 2. Definiciones
  2. Según el instructivo para diligenciar la sección de seguridad en el aplicativo GestSAE